PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN COMPLEMENTARIA - PROAC
Atiende las Necesidades de alimentación de la Población de menores recursos económicos, mediante el suministro de alimentos a las Organizaciones de Base (OSB).
DIRECCIÓN:
- JR. ICA Nº 1115 - CHULUCANAS
TELÉFONO :
- 073- 379594
HORARIO DE ATENCIÓN:
- Lunes a Viernes de: 08: 00am, a 04:00 pm.
ENCARGADOS:
- Jefe de la División de Asuntos Sociales
- Jefe PROAC
¿QUÉ ES EL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN COMPLEMENTARIA?
El PROAC es un Programa de apoyo alimentario a familias de menores recursos económicos, se desarrolla a través de 225 Organizaciones de Base (Comedores Populares), beneficiando a 11,200 personas.
OBJETIVO DEL PROGRAMA
- Abastecer oportunamente con alimentos, mediante la entrega de raciones complementarias a fin de mejorar la calidad de vida de la población.
- Otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza o pobreza extrema, así como a grupos vulnerables: niñas, niños, personas con TBC, adultos mayores y personas con discapacidad, en situación de riesgo moral abandono y víctimas de violencia familiar y política.
¿A QUIÉNES ESTÁ DIRIGIDO EL PROAC?
Está dirigido a:
COMEDORES POPULARES |
Conformados por mujeres, cuyas actividades principalmente son la preparación de alimentos y el apoyo social.
HOGARES Y ALBERGUES |
Programa que brinda apoyo a niñas (as), adolescentes en riesgo moral que se encuentran alojados en hogares y albergues.
ALIMENTOS POR TRABAJO |
Es un programa que brinda apoyo a la mano de obra no calificada en trabajos de carácter productivo en beneficio de su comunidad.
- OBJETIVO
Estimular, apoyar y orientar la iniciativa de la población en la generación y ejecución de obras comunales que tengan beneficios posteriores para sus comunidades.
Estimular el trabajo comunitario de los miembros de las familias rurales y peri - urbano en la ejecución de diversas obras y actividades de servicios básicos, sociales a través de la entrega de una ración de alimento por cada jornal de trabajo.
PANTBC |
Es un programa que permite ejecutar actividades de complementaria nutricional, para contribuir a la recuperación integral del paciente ambulatorio con tuberculosis y a la protección de su familia.
¿QUÉ LEYES REGULAN LA PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN COMPLEMENTARIA?
Ley 25307. – Artículo Nº 07: Crea el Programa de Apoyo a la labor Alimentaria de las Organizaciones Sociales de Base:
- Atención a la necesidad de alimentación de la población de menores recursos económicos.
- Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM: Aprueba el Reglamento de la Ley Nº
Artículo 2: De conformidad a lo establecido por Ley están comprendidas las organizaciones como:
- Comedores Populares
- Clubes de Madres
- Comités de Vaso de Leche
- Todas aquellas organizaciones cuya finalidad consista en el desarrollo de actividades de apoyo.
Resolución Jefatura Nº 609-2003 – Gobiernos Locales: Aprueban el Reglamento para Comedores que reciben Apoyo de “Programas de Complementación Alimentaria”.
ORGANIZACIÓN DE LOS COMEDORES POPULARES |
La junta directiva es el órgano ejecutivo encargado de la administración del comedor, y de hacer cumplir los estatutos, el reglamento interno, los acuerdos aprobados en asamblea general y el presente reglamento. Deberá contar como mínimo con los siguientes miembros:
- Presidenta
- Vice Presidenta
- Tesorera
- Secretaria
- Almacenera
- Fiscal
- Vocal
RACIÓN POR BENEFICIARIO QUE EL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN COMPLEMENTARIA BRINDA A:
- Comedores Populares:
PRODUCTO |
RACIÓN |
Aceite Vegetal |
0.01 |
Arroz Corriente Mejorado |
0.15 |
Arveja Seca Entera |
0.02 |
Conserva de Grated de Pescado y Sal |
0.02 |
- Hogares y Albergues:
PRODUCTO |
RACIÓN |
Aceite Vegetal |
0.015 |
Arroz Corriente Mejorado |
0.100 |
Arveja Seca Entera |
0.035 |
Conserva de Grated de Pescado y Sal |
0.025 |
- Alimentos por Trabajo:
PRODUCTO |
RACIÓN |
Aceite Vegetal |
0.20 |
Arroz Corriente Mejorado |
1.20 |
Arveja Seca Entera |
0.60 |
- PANTBC:
PRODUCTO |
RACIÓN |
Aceite Vegetal |
0.01 |
Arroz Corriente Mejorado |
0.15 |
Arveja Seca Entera |
0.02 |
Conserva de Grated de Pescado y Sal |
0.02 |